DE LA COLONIA A LA XENOFOBIA

Al reflexionar sobre un asunto que se creía superado, sorprende al mundo la decisión de la Unión Europea (UE) de introducir un discurso sobre la xenofobia. Los derechos humanos son una conquista de la comunidad internacional que hasta ahora en vez de debilitarse se ha consolidado para proteger la vida humana y su permanencia terrenal. Este nuevo razonamiento europeo enfila contra los inmigrantes clandestinos denominados “sin papeles” y está en las manos del nuevo presidente de UE el francés Nicolas Sarkozy. Colombia tiene que rechazar esta propuesta por ir en contravía de un mundo que se globaliza y tiende a ser más humanizado.
La Carta de las Naciones Unidas de 1945 reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, sin distinción de raza, sexo, idioma o religión. Igualmente pregona que los pueblos se comprometen a practicar la tolerancia y a convivir en paz como buenos vecinos. Estos principios son un compromiso de los Estados Miembros de las Naciones Unidas y los países de la UE hacen parte de este bloque.
La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial de 1965 de las Naciones Unidas, define la “discriminación racial” como toda exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad. Considera que todos los hombres son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección contra toda discriminación y toda incitación a la discriminación. Los Estados se comprometen a prohibir y eliminar la discriminación racial en todas sus formas y a garantizar el derecho de toda persona a la igualdad ente la ley, sin distinción de raza, color y origen nacional o étnico, particularmente en el goce de los derechos y la protección del Estado contra todo acto de violencia.
Por otra parte, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias de 1990, define como “trabajador migratorio” a toda persona que vaya a realizar, realice o haya realizado una actividad remunerada en un Estado del que no sea nacional, comprendiendo al cónyuge, a los hijos y a otras personas consideradas familiares. De conformidad con los instrumentos internacionales aprobados sobre derechos humanos, los Estados se comprometen a respetar y asegurar a todos los trabajadores migratorios y sus familiares que se hallen dentro de su territorio o sometidos a su jurisdicción los derechos, sin distinción alguna por motivos de sexo, raza, color, idioma, religión o convicción, opinión política o de otra índole, origen nacional, étnico o social, nacionalidad, edad, situación económica, patrimonio, estado civil, nacimiento o cualquier otra condición.
Después de tantos acuerdos internacionales, no es fácil concebir el entuerto de la UE sobre xenofobia porque se retrocede, esto es comparable con el proceder de la época de la conquista y del colonialismo. El mundo civilizado no puede admitir el establecimiento de situaciones ya superadas como el holocausto o la persecución gitana. Si se calla, se está consintiendo que un gigante se coma a otros chicos: la xenofobia viola flagrantemente los derechos humanos y libertades fundamentales.
POSDATA: “La libertad todo lo agranda y fecunda”, clamó el escritor español Francisco Pi y Margall.

Twitter Delicious Facebook Digg Stumbleupon Favorites More

 
Design by Radium | Bloggerized by Radium