Desde ya los niños, niñas y adolescentes tendrán anualmente un espacio para entrenarse en la política, entendida en este contexto como ejercicio de formación ciudadana. La sociedad ha venido despertando frente al grave problema que afrontan la niñez y la adolescencia en Colombia, especialmente los nacidos en hogares pobres y otros tantos de miles que sufren las consecuencias del abandono. A pesar de que la Constitución Política les da un tratamiento especial, cuando dispone que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás, obligando a la familia, a la sociedad y al Estado a su protección, para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos, todavía falta mucho emprendimiento para alcanzar el ideal constitucional.
Si bien las leyes que se han elaborado en base a lo ordenado por la Carta, ponen de presente la obligación de la protección social, todavía algunos sectores de la sociedad ocultan los abusos que a diario se cometen contra los niños, niñas y adolescentes. En un Estado de Derecho, lo deseable es la aplicación eficaz de la ley, para lo cual los mismos actores: familia, sociedad y Estado, tienen que pactar el compromiso permanente de protegerlos contra todas las formas de violencia y explotación y respetar sus derechos legales.
Si se pudo superar la falta de legislación del pasado para garantizar la protección de la niñez, en este momento no se descansa en la expedición de otra complementaria para colocar al país al día en la dinámica del derecho internacional. Quedando así, en manos de todos los ciudadanos, el compromiso de contribuir decididamente a garantizar el desarrollo y crecimiento de los niños y niñas, dentro de una sociedad ejemplar que procure la moralización de las costumbres, hacia una finalidad común de construcción de valores a fin de evitar la delincuencia en la adultez.
En este orden, la Ley 1029 de 2006, inspirada en un buen propósito de política pública para la niñez, y en desarrollo del artículo 41 de la Constitución Política que ordena, fomentar las prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana, estableció como obligación de los establecimientos educativos el estudio, la comprensión y las prácticas de la Constitución y la instrucción cívica. Esta ampliación legal sirve de fuente para que la Ley 1195 de 2008 estableciera: El día de los niños, niñas y adolescentes congresistas. De esta manera, el último jueves del mes de abril de cada año, el Congreso de la República dará acceso a los niños, niñas y adolescentes para que sesionen en las dos cámaras legislativas como resultado de un proceso de formación y sensibilización.
Este mismo ejercicio deberá hacerse en las asambleas y concejos respecto al departamento, al distrital y al municipio. Sin duda, se posibilita un escenario para el ejercicio de la democracia dentro de un ambiente de análisis, de respecto, de buenas costumbres y de tolerancia, propicio para el desarrollo, la depuración de las malas costumbres políticas y la formación de una nueva generación. Los congresistas, diputados y concejales que participen en la conducción de esos eventos tienen que tener buen antecedente de conducta ética intachable en sus actuaciones públicas y privadas. Se espera que este entrenamiento deje entre la infancia y la adolescencia un ejemplo de que es posible, mediante la exposición de los ideales individuales o de grupo, lograr vida armónica comunitaria sin violencia.
POSDATA: La niñez y la adolescencia pueden hacer realidad el pensamiento del novelista francés Henri Bordeaux: “Una patria es una asamblea de hogares.”
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA EN LA POLÍTICA
