CUANDO EL DIABLO PREDICA

La gente festeja todo: nacimientos, bautismos, cumpleaños, primeras comuniones (católicos) matrimonios y hasta fallecimientos. También con otro motivo se realizan celebraciones de batallas, de próceres, de fundadores, de constituciones políticas, de revoluciones, de navidad y año nuevo, entre tantas que se realizan. Hoy en Colombia vemos por todo el territorio que se están conmemorando los veinte años de la Constitución Política expedida en 1991, así como se hizo el año pasado con el grito de independencia del 20 de julio de 1810. Para todo hay un motivo y gente con mucho entusiasmo dispuesta a acompañar a los promotores.

Uno de los logros de la Carta del 91 es el control de constitucionalidad de las normas que no tienen naturaleza administrativa por la creada Corte Constitucional, control que en el periodo 1886 a 1991 estuvo a cargo de la Corte Suprema de Justicia. Los primeros años de la Corte fueron exitosos, pues se puso de moda un arsenal de derechos humanos y fundamentales consolidados con su jurisprudencia, el cual estaba en boga en otros países, y que a pesar de ser conocidos por algunos juristas y académicos, permanecían guardados en cofre cerrado mientras muchas personas no se imaginaban que existían. Lo cierto es que fue novedosa la Carta porque barrió con el analfabetismo de la justicia en materia constitucional.

Para festejar este acontecimiento, al igual que sucedió hace diez años, estos días han sido de recordatorio, convocándose a muchas actos académicos con la asistencia de nuevos actores y algunos constituyentes, en que se ha evocado el paso de un país quieto y feudal a otro eminentemente humano, en que se reconoció un marco constitucional en que el hombre es el centro y no a las instituciones como era antes. Mientras unos ponderan el contenido de la nueva Carta referente a ciertas disposiciones que revolucionaron al establecimiento, otros son más puntuales respecto a la normatividad, que sobretodo garantizó un orden social justo.

Aunque el común de la gente ve como sobresaliente a la acción de tutela dentro del cuerpo constitucional, la realidad es otra, pues si bien ese instrumento es muy bueno y oportuno para reclamar derechos humanos y fundamentales, la frecuente utilización se debe al vacío que presenta la aplicación de justicia que se volvió paquidérmica, siendo entonces la tutela el mecanismo más rápido para hacer valer cualquier derecho frente a la desprotección del ciudadano por el Estado. Lo injusto es que a pesar de existir un cuadro doctrinario construido por la propia Corte durante sus primeros diez años, ahora se vea en algunas sentencias cuestiones contradictorias, que siguiendo la ortodoxia de la defensa presupuestal, podrían hacernos volver al estado de ayer.

Si la constitución de un país es la ley fundamental en la que se echan los cimientos para la organización del derecho público, los jueces y funcionarios son los primeros llamados a cumplirla, pues un juez que no la aplique de primero no merece su partida de bautismo.

POSDATA: No se equivocó el polígrafo español Francisco de Quevedo: “Cuando el diablo predica, el mundo se acaba.”

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