En el año 1973 se celebró el cincuentenario de la
creación de la Contraloría General de la República, evento histórico
extraordinario presidido por el ex contralor Julio Enrique Escallón Ordóñez con
la asistencia de varios contralores latinoamericanos. En un largo tiempo se
había echado de menos la conmemoración, hasta que nuevamente se exalta con un
festejo académico bajo la dirección de la contralora Sandra Morelli Rico, en
momentos en que la entidad fiscalizadora llega a sus noventa años de
existencia.
La contraloría tiene como antecedente el año 1819
cuando en la administración del general
Francisco de Paula Santander se crea el Tribunal Superior de Cuentas. Y se
dispone sancionar con pena de muerte a quien haga fraude o malverse los
intereses públicos. Si hoy estuviera vigente la norma, millones de personajes
corruptos estarían en las cárceles pagando condenas severas en vez de burlar la
justicia como sucede ahora, en que el enriquecimiento ilícito y su permisividad
es la moda.
En 1847 el tribunal se transforma en Corte de
Cuentas, a la cual se le encargó el examen, glosa y fenecimiento de los
informes rendidos por los empleados de manejo del erario público, con
atribuciones de carácter judicial y sin responsabilidad en materia de
contabilidad pública. Una de las críticas que se le hacía a la Corte era que su
trabajo tenía poca utilidad por la demora en el resultado del examen de las
cuentas y por lo tanto no era apta para entregar información financiera
oportuna.
Así fue que el gobierno de Pedro Nel Ospina
contrató los servicios de una misión de consejeros financieros bajo la
dirección de Edwin Walter Kemmerer, la cual concluyó con la recomendación de
organizar “un servicio de contabilidad, de fiscalización y de estadística, que
le permita poner orden y unidad en sus finanzas y ejercer una activa y eficaz
supervigilancia en el manejo e inversión de los caudales públicos.” Así fue que
mediante la Ley 42 del 19 de julio de 1923 se creó el Departamento de
Contraloría, a cargo de un funcionario denominado Contralor General de la
República.
Posteriormente a su fundación ha resistido varias
reformas. En el año de 1945 se elevó a rango constitucional por el acto
legislativo número uno. Continuó renovándose a través del decreto 911 de 1932,
las leyes 58 de 1946 y 151 de 1959, las reformas constitucionales de 1968 y
1991, las leyes 20 de 1975, 42 de 1993 y 610 de 2000. A pesar de haber
transcurrido tanto tiempo de su creación, muchas normas contenidas en la Ley 42
de 1923 han sido recogidas en el tiempo con nombre propio y puestas al servicio
del control fiscal. Por ejemplo, en el artículo 23 de la ley 42 de 1923 está
previsto el control advertencia, en el 27 y 28 se plasma el control prevalente
y en el 69 literal a) el mecanismo denominado pronunciamiento, que en conjunto
son considerados instrumentos modernos de control fiscal.
Sin embargo, es muy triste que la ley 42 de 1993
hubiera borrado de un tajo la obligación de elaborar y publicar la estadística
fiscal del Estado que estaba a cargo de la contraloría y que se había rescatado
en el texto de la ley 20 de 1975. Apenas queda el recuerdo del trabajo que hizo
la entidad a partir del año 1977, en el cual se publicó la primera estadística
fiscal correspondiente al año 1976 en tres volúmenes. Así como esta atribución,
muchas otras cosas buenas se fueron con las reformas y contrarreformas.
POSDATA: Apunta la escritora inglesa Miss Canning: “No es el
haber recibido una lección lo que nos salva, sino el saber aprovecharla.”
(30-08-13)