CORRALEJAS AL SON DE CORRIDAS

La gran mayoría de colombianos está en contra del maltrato de los animales, son minoría los que lo aceptan o lo promueven por encontrarse en la ignorancia y otros que consideran los abusos de esas criaturas como parte de una tradición cultural. Los hechos sucedidos escalonadamente con un toro en Turbaco, Bolívar; con unos gatos en Tuluá (corregimiento La Marina), Valle del Cauca; y con un caballo en Buenavista, Sucre, son muestras contundentes del atropello aberrante del reino animal.  

A pesar de estar vigente la Ley 84 de 1989, considerada estatuto nacional de protección animal, ayer como hoy es una norma verbosa y a la vez quimera. Si bien la finalidad principal era proteger a los animales del sufrimiento y dolor y además, erradicar y sancionar el maltrato y los actos de crueldad causados directa o indirectamente por el hombre, se le puso una cortapisa con una excepción que contrarió el objetivo principal y desvirtuó el andamiaje jurídico sustancial de la norma.

Los legisladores que participaron de buena fe y la redactaron creyeron que iba a ser efectiva, pero como siempre, su objeto fundamental lo suicidaron, al incluirle el susodicho mico que tiene más parecido a un orangután. Fue así como se excluyó el rodeo, el coleo, las corridas de toros, las novilladas, las corralejas, las becerradas, así como las riñas de gallos y los procedimientos utilizados en esos espectáculos. De esta manera lo que vimos en Turbaco y Buenavista queda saldado y no hay culpables, toro comido y caballo repartido.

Como la misma ley consideró las violaciones simples contravenciones, contravenciones que en caso de comprobarse, los infractores pueden ser sancionados por los alcaldes y en segunda instancia por los respectivos gobernadores. Quedan pendiente los organizadores y ejecutores de la carrera de gatos en el corregimiento La Marina de Tuluá, que sí deben ser castigados por el respectivo alcalde del municipio, aunque esto es poco probable, los gatos no dan para tanto y menos aún en época preelectoral en que el jefe de la administración está ocupado en las tareas de montar en el puesto a su sucesor.

Es una terquedad meter en ese lío a la fiscalía general de la nación que está atiborrada de peculados próximos a quedarse en la impunidad. Pero lo que sí es viable es que el congreso se ocupe de revivir la mencionada Ley 84 de 1989 reformándola, y penalice el maltrato animal en cualquiera de sus formas, aboliendo las excepciones contempladas en dicha ley. Cuando se abra el debate, vamos a ver resurgir la doble moral, los hipócritas del congreso y de la gran prensa saldrán a defender las corridas de toro que anualmente se llevan a cabo en Bogotá (suspendida), Manizales, Cali, Medellín y otras ciudades del país.         

No hay acontecimiento en que más se maltrate al toro y al caballo del picador que en las corridas de plaza. Desde que el animal sale empieza la tributaria crueldad. Las banderillas que le clavan (monstruoso), el enorme chuzo del picador (atroz), el estoque del torero (brutal) y finalmente el instrumento punzante de descabellar (inclemente). Es un espectáculo bárbaro al son de pasodoble.     


POSDATA: ¡Señor Presidente! Si no se hace la gran reforma que necesita la rama judicial, es imposible mantener la VIDA y alcanzar la PAZ en Colombia.

(23-01-14)

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