LA FOTOPESADILLA

La fotomulta se convirtió en un dolor de cabeza y problema para los conductores de vehículos automotores. Y también lo es para las autoridades de tránsito en ciertas situaciones. Son muchas las quejas que sobre este particular se vienen presentando en varias ciudades del país y existen casos en que se ha probado que los comparendos puestos mediante fotomultas son injustos. 

Resultan abusivas aquellas fotos tomadas directamente por los agentes de tránsito a escondidas del conductor del vehículo. En este caso concreto, el ciudadano no se percata de la acción que ejecuta el agente, quedando la calificación de la infracción y la imposición del comparendo al libre albedrío de dicho agente. Eso se constituye en un abuso.

Hay casos específicos en que la fotomulta es casi indiscutible, por ejemplo, las que toma  una máquina en las carreteras para controlar la velocidad y en los sitios de prohibido parquear, cuyas zonas de control están claramente demarcadas como medida preventiva para llamar la atención al conductor sobre la prohibición. O también en ciertas zonas urbanas en que la velocidad está regulada mediante señales de tránsito.

La fotomulta es un acto administrativo que exige en su expedición unos presupuestos mínimos de motivación, causa que un agente de tránsito está imposibilitado a dar cuando toma la foto a hurtadillas, y cuando la logra hacer es precaria, puesto que no tiene en cuenta los derechos del ciudadano. Como tampoco entiende, con su actuar, que su primera función es pedagógica, pues él la impo﷽﷽﷽aciel vehículo, trasla del vehagente de trta los drerechos n anunciadasson injustos. hace parte de un estado Social de Derecho y no de un estado policivo.

La fotomulta tomada directamente por el agente de tránsito no es confiable y se enmarca en un estado autoritario en que se arrincona al conductor del vehículo, trasladándose la impugnación a una actuación a la que se le llama “procedimiento”, pero que congestiona la administración y en ciertos eventos viola los principios fundamentales que configuran el debido proceso.  

O esta vía de fotomulta impuesta directamente por los agentes de tránsito es de orden fiscalista, en que participa económicamente la administración de tránsito y el agente involucrado al cual se le promete una dádiva, que puede ser un aumento salarial, una posición preferencial en el grupo, o en el mejor de los casos un porcentaje sobre el monto de la sanción cobrada. ¡Por lo que está pasando quedan en la ciudadanía sospechas de trampa!

POSDATA: “No siento el menor deseo de jugar en un mundo en el que todos hacen trampa.”, escribió el escritor francés François Mauriac.


TE RECORDAMOS: Hay que pagar la energía que se consume para poder exigirle a ELECTRICARIBE que no interrumpa el servicio y al gobierno nacional la inversión de dos billones de pesos en el sector eléctrico de la Costa Caribe. Y cuidar que no se los roben.

(21-08-15)

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